El 11 de diciembre de 2017 fue aprobada una resolución (309/17) que reglamenta el transporte de alimentos en el departamento y establece las características que debe tener cada vehículo de acuerdo al tipo alimento que transporta. Las empresas o propietarios de cada vehículo tienen que hacer el trámite de habilitación en las oficinas de la Dirección de Salud e Higiene de la Intendencia.
El doctor Juan Pablo Cesio, director del área, informó que el horario de atención en la Clínica Municipal es de lunes a viernes 9 a 15 horas. Los propietarios de vehículos destinados al transporte de alimentos podrán retirar información sobre el reglamento y despejar sus dudas para iniciar el proceso de inscripción.
El artículo 34 del reglamento establece que, pasados seis meses de su publicación en diarios locales, la Intendencia comenzará a realizar controles en la vía pública, y si no están habilitados, tendrán sanciones, multas, o retención de vehículo en caso de reiterados incumplimientos. “No se trata ni de salir a recaudar, ni de salir a multar, ni de salir a complicar, se trata regular el transporte de los alimentos para evitar o disminuir los riesgos de las enfermedades que se transmiten a través de los alimentos”, declaró Cesio.
El plazo final, previo al inicio de las fiscalizaciones, es el martes 19 de junio de 2018.