POLÍTICA CORPORATIVA DE OTORGAMIENTO DE CRÉDITO,
COBRO Y MOROSIDAD PERMITE UNA GESTIÓN TRANSPARENTE.
ANCAP cuenta con una política clara respecto al otorgamiento de crédito, cobro
y morosidad para todos los clientes oficiales del organismo, aprobada por la
Resolución 688/8/2019.
En el caso de los gobiernos departamentales, la norma para la concesión de
créditos especiales establece lo siguiente:
•En el caso de que un gobierno departamental solicite la autorización de un
crédito especial se deberá tener en cuenta el comportamiento de pago registrado en
los últimos doce meses. Si no registró ningún atraso en ese período se podrá otorgar
un plazo de pago extra máximo de 30 días corridos por el término de 6 meses.
•Se puede conceder mayor plazo de pago una vez verificado que en su
comportamiento de los últimos 24 (veinticuatro) meses no haya registrado ningún
atraso. Cumplido este requisito, se le podrá otorgar un plazo de pago extra máximo
de 60 (sesenta) días corridos por el término de 1 (un) mes (tercer día hábil del mes
subsiguiente de la facturación más 60 –sesenta- días corridos).
En la actualidad, la gran mayoría de las intendencias (16) se encuentra al día con
los pagos de consumo y no ha presentado situaciones crediticias particulares durante
este año.
La intendencia de Paysandú elevó un pedido para diferir 30 días el vencimiento
del 3 de abril, lo cual fue concedido el 13 de abril. Las intendencias de Florida, Cerro
Largo y Salto solicitaron en marzo un crédito especial, pero en ninguno de los tres
casos fue otorgado por encontrarse fuera de lo que establece la norma antes
mencionada. No obstante, ANCAP buscó negociar en los tres casos una cancelación
de la deuda que permitiera a cada comuna acogerse al crédito especial y mantener la
operativa normal.